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Derogado el Real Decreto-ley 26/2026: qué vuelve atrás

El Congreso derogó el Real Decreto-ley 26/2026 el 2 de octubre, dos días después de entrar en vigor. Qué decayó, qué no se aplicó y qué repuso el 29/2026.

Por Erick José Piñerua Jiménez, que edita los contenidos de esta web desde PotencIA Soluciones

8 min de lectura · Actualizado el 7 de octubre de 2026

Un hombre y una asesora sentados a una mesa de madera ante dos carpetas cerradas, una azul marino con un emblema de hoja y otra beige con el emblema de un edificio con columnas; ella señala una de las dos y alrededor hay una hoja con la escala de colores de la clasificación energética, unos planos y una taza, y por el ventanal se ve el jardín con una unidad exterior blanca de bomba de calor

Actualización del 7 de octubre de 2026: el Gobierno ha repuesto estas medidas. El Real Decreto-ley 29/2026, de 6 de octubre (BOE-A-2026-20823) vuelve a introducir, con las mismas palabras, el cambio del IRPF y el del IVA que se describen abajo, y entra en vigor el 8 de octubre. Lo que cuenta esta pieza —qué decayó el 2 de octubre y qué no llegó a aplicarse— sigue siendo exacto para esos días; el estado actual está en qué vuelve del decreto derogado.

¿Qué ha pasado con el Real Decreto-ley 26/2026?

El Congreso de los Diputados lo derogó el 2 de octubre de 2026, dos días después de que entrara en vigor. Decae con él la incorporación de las ayudas del Plan Estatal de Vivienda 2026-2030 a la lista de ayudas que no tributan en la renta, y decae también el cambio del IVA de las obras que estaba previsto para el 1 de diciembre y que nunca llegó a aplicarse.

A quién no le toca: si tu obra se paga por transferencia o por tarjeta —que es lo que ya pedía la deducción de la renta desde 2021— no tienes que cambiar nada. Y si la ayuda que te interesa es la de los programas de energías renovables térmicas, tampoco: esa no dependía de esta norma.

El acuerdo está publicado en la Resolución de 2 de octubre de 2026 del Congreso de los Diputados (BOE-A-2026-20526), que se ampara en el artículo 86.2 de la Constitución: un real decreto-ley está en vigor desde el primer día, pero tiene que pasar por una votación del Congreso en los treinta días siguientes. Esta vez el resultado fue derogarlo.

El mismo día y por el mismo trámite se derogó el Real Decreto-ley 27/2026, que iba de contratos de alquiler y no tocaba nada de calefacción ni de obras.

Estuvo en vigor dos días: del 1 al 2 de octubre

No hace falta deducirlo. La ficha del propio BOE para el Real Decreto-ley 26/2026 lo deja escrito en dos líneas: fecha de entrada en vigor, 01/10/2026; fecha de derogación, 02/10/2026. Y en la cabecera del texto consolidado aparece ya la marca «Disposición derogada».

Esa ventana de dos días es la única zona gris que deja el asunto, y conviene decirlo tal cual: la resolución del Congreso no dice nada sobre lo que se hizo mientras la norma estaba viva. Si en esos dos días te concedieron una ayuda o firmaste una factura que dependiera de este real decreto-ley, eso lo tiene que mirar tu asesor fiscal con tu caso delante. Una web no puede responderlo.

El IVA de las obras se queda como estaba

Esta es la parte que más tranquiliza, y es puro calendario. El artículo 7 del real decreto-ley modificaba el número 10.º del artículo 91.Uno.2 de la Ley del IVA para hacer dos cosas, y las dos con efectos desde el 1 de diciembre de 2026: extender el tipo reducido a las obras en viviendas destinadas a alquiler habitual, y condicionar ese tipo reducido a que la obra se pagara «mediante tarjeta de crédito o débito, transferencia bancaria, cheque nominativo o ingreso en cuentas en entidades de crédito».

La norma decayó el 2 de octubre, casi dos meses antes de esa fecha. Esos dos cambios no llegaron a aplicarse ni un día. El tipo reducido de las obras de renovación y reparación en vivienda sigue hoy con los requisitos de siempre: que el destinatario sea un particular que use la vivienda para su uso propio o una comunidad de propietarios, que la vivienda se terminara de construir o rehabilitar al menos dos años antes de empezar la obra, y que los materiales que aporte quien la ejecuta no pasen del 40 % de la base imponible, que es el importe de la factura antes de impuestos. Ese último es el que más obras deja fuera cuando el equipo pesa mucho en el total, y si tu factura concreta cumple o no lo dice tu asesor fiscal.

Las ayudas exentas vuelven a la lista anterior

El artículo 6 reescribía entero el apartado 4 de la disposición adicional quinta de la Ley del IRPF —el impuesto de la declaración de la renta—, que es la lista cerrada de ayudas públicas que no se suman a lo que declaras. Lo que añadía era la línea de fomento de la rehabilitación edificatoria, la accesibilidad y la renovación urbana y rural del Real Decreto 326/2026, del Plan Estatal de Vivienda 2026-2030. Esa parte sí tuvo efectos desde el 1 de octubre, y es la que decae.

Lo importante para quien va a cambiar la caldera es lo que no se ha movido. En esa lista estaba ya, desde mucho antes, el Real Decreto 477/2021, que regula los programas de incentivos ligados al autoconsumo, al almacenamiento y a las instalaciones de energías renovables térmicas en el sector residencial —el programa que incluye la aerotermia, salvo los sistemas aire-aire, para calefacción, refrigeración y agua caliente, la del grifo y la ducha—. El real decreto-ley no lo añadió: ya estaba. Al caer la norma, esa vía se queda donde estaba.

Siguen igual, por lo mismo, el Real Decreto 853/2021, el 737/2020 y el PREE 5000.

Lo que no se mueve

  • La deducción del IRPF por obras de mejora de la eficiencia energética, en plazos y requisitos. Las obras en la vivienda cuentan hasta el 31 de diciembre de 2026, con la clasificación energética posterior expedida antes del 1 de enero de 2027, y las del edificio completo hasta el 31 de diciembre de 2027. Los tramos los contamos en subvenciones y ayudas para aerotermia.
  • Pagar la obra por banco sigue siendo obligatorio para esa deducción, y lo era desde 2021. Lo que decae es que además condicionara el IVA, no el requisito de la renta.
  • Los CAE no se tocan: ni el catálogo de fichas, ni los plazos, ni quién puede ceder el ahorro (legalización y CAE).
  • Las licencias del Ayuntamiento y el registro ante Industria, igual. Esta era una norma fiscal y de vivienda: no cambiaba ni un trámite de una instalación térmica.

Fechas

CuándoQué
29 de septiembre de 2026Aprobación del Real Decreto-ley 26/2026
30 de septiembre de 2026Publicación en el BOE
1 de octubre de 2026Entrada en vigor
2 de octubre de 2026El Congreso lo deroga — fecha de derogación según el BOE
1 de diciembre de 2026Fecha en la que iban a tener efecto los cambios del IVA — ya no llegará

Qué conviene hacer ahora si tienes caldera de gas o gasóleo

  1. Sigue pagando la obra por transferencia o tarjeta y guarda el justificante. Es el consejo de antes y el de ahora, porque la deducción de la renta lo exige desde 2021 por su cuenta.
  2. Haz la clasificación energética antes de empezar la obra. Es el requisito que más deducciones tumba y no depende de ninguna de estas dos normas: el documento de partida tiene que existir antes de tocar nada.
  3. Si ibas a pedir una ayuda del Plan Estatal de Vivienda, pregunta cómo tributa antes de contar con el dinero. Que un programa esté abierto y cómo se declara son dos cosas distintas, y esta semana una de ellas se ha movido. Lo desarrollamos en CAE o subvención para aerotermia.
  4. No rehagas tus números por esto si tu caso es una sustitución de caldera en tu vivienda. La vía que te afecta no ha cambiado.

Lectura propia: por qué esto ya había pasado dos veces

Cuando contamos esta norma el 30 de septiembre dejamos escrito que no estaba cerrada, y el motivo era este: la misma deducción por obras de eficiencia energética ya había visto caer dos veces la norma que la retocaba. El Congreso derogó el Real Decreto-ley 9/2024 el 22 de enero de 2025 y el Real Decreto-ley 16/2025 el 27 de enero de 2026. Van tres.

La lectura útil para una vivienda de Madrid no es política, es de calendario. Lo que se mueve en estas normas es el envoltorio fiscal, no las fechas de la obra. La deducción de la renta sigue pidiendo que las obras estén hechas en 2026 y que haya una clasificación energética antes y otra después; los CAE siguen pidiendo que la caldera se fotografíe donde está antes de desmontarla. Nada de eso ha cambiado esta semana, y nada de eso depende de una votación.

Entre que una norma se publica y queda firme pueden pasar treinta días, y en ese plazo cabe justo lo que ha pasado aquí. Si tienes un presupuesto de sustitución de caldera encima de la mesa, lo que decide son los plazos de la obra y los papeles que hay que tener antes de empezar.

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