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Certificado RITE en Madrid: qué es y cuándo lo tienes

El certificado RITE no se llama así. Qué documento es en realidad, quién lo firma, qué plazos corren desde que arranca la instalación y qué te queda al final.

Por Erick José Piñerua Jiménez, que edita los contenidos de esta web desde PotencIA Soluciones

5 min de lectura · Actualizado el 17 de septiembre de 2026

Instalador autorizado firmando el certificado de la instalación térmica junto a la unidad exterior de aerotermia de una vivienda en Madrid

La respuesta corta: ese certificado no se llama así

Lo que casi todo el mundo llama «certificado RITE» es, en realidad, el certificado de la instalación. El RITE es el reglamento —el Real Decreto 1027/2007—, no un papel que se expida.

Importa saberlo por un motivo práctico: si le pides a tu instalador «el certificado RITE», puede entenderte perfectamente, pero también puede darte otra cosa. Y lo que necesitas tener en la mano al final no es el certificado suelto, sino el documento de registro que emite la entidad de control una vez presentada toda la documentación.

Quién lo firma y qué acredita

El certificado de la instalación lo suscribe el instalador autorizado o, cuando la obra lleva dirección facultativa, el director de obra. No lo firma el fabricante, no lo firma el propietario y no lo emite la Comunidad de Madrid.

Lo que acredita es que la instalación se ha ejecutado conforme a la documentación técnica presentada —memoria técnica o proyecto, según el caso— y que ha pasado las pruebas de puesta en servicio.

Cuál de las dos vías te toca depende de la potencia: según el trámite de instalaciones térmicas no industriales de la Comunidad de Madrid, se exige proyecto a partir de 70 kW de potencia nominal y memoria técnica entre 5 y 70 kW. Una aerotermia de vivienda unifamiliar se queda casi siempre en la segunda.

Qué documentos acompañan a cada vía y quién responde de cada parte lo desarrollamos en legalización de aerotermia en Madrid. Aquí vamos a lo que ese artículo no cuenta: los plazos, la entidad de control y lo que pasa después.

El reloj que nadie te menciona

Esta es la parte que más disgustos da, porque los plazos empiezan a correr solos y el propietario no suele saber que existen.

El trámite de la Comunidad de Madrid fija tres:

  • 30 días como máximo para el suministro provisional de energía.
  • 25 días como máximo para realizar las pruebas, una vez la instalación tiene energía provisional y está ajustada y equilibrada.
  • 5 días como máximo para presentar el certificado ante el suministrador tras esas pruebas.

Dicho de otro modo: entre que la máquina arranca en provisional y que el papel está donde tiene que estar, hay un calendario corto. Si la instalación se termina en agosto y el instalador desaparece hasta septiembre, ese calendario se come solo.

Por eso, cuando alguien nos pregunta qué debería exigir por escrito antes de firmar, la respuesta no es solo «que me legalices la instalación». Es quién presenta la documentación y en qué fecha.

Qué hace exactamente la entidad de control

El registro no se presenta directamente en una ventanilla de la Comunidad: pasa por una EICI, una entidad de inspección y control industrial autorizada.

Su papel tiene cuatro partes y conviene conocerlas porque explican por qué el trámite no es inmediato:

  1. Verifica la documentación que le entrega el instalador.
  2. Diligencia la solicitud, es decir, la sella.
  3. Inspecciona la instalación.
  4. Emite el documento final de registro.

Ese último documento es el que cierra el expediente. Mientras no lo tengas, la instalación no está registrada, por muchos certificados firmados que haya de por medio.

La tasa se paga antes, no después

Un detalle pequeño que bloquea expedientes: el registro exige el justificante de pago de la tasa de la Comunidad de Madrid, y el pago es previo. Sin ese justificante, la documentación no se tramita.

El importe depende del tipo de trámite y figura publicado en la propia sede electrónica, que es donde conviene consultarlo: cambia con las órdenes de tasas y no tiene sentido fiarse de una cifra copiada en un blog.

Qué te queda en la mano, y para qué lo vas a necesitar

Al terminar deberías conservar tres cosas: la memoria técnica o el proyecto, el certificado de la instalación firmado, y el documento de registro emitido por la EICI.

No es papeleo para el cajón. Te lo van a pedir en al menos tres momentos:

  • Al tramitar los CAE o una subvención. La documentación de la instalación es la base del expediente; lo detallamos en qué documentos hacen falta antes de retirar la caldera.
  • Si vendes o alquilas la vivienda. Una instalación térmica sin registrar es una incidencia en la due diligence del comprador.
  • Ante cualquier incidencia con el equipo. La garantía del fabricante se apoya en que la instalación esté ejecutada y puesta en servicio conforme a la norma.

Lo que no termina con el registro

El registro cierra la puesta en servicio, no las obligaciones. El propio RITE establece obligaciones de mantenimiento de las instalaciones térmicas durante toda su vida útil, y esas no dependen de la Comunidad de Madrid sino del reglamento estatal.

La ficha del trámite de registro no las detalla —solo cubre la puesta en servicio—, así que si alguien te dice que «con el registro ya está todo hecho», está describiendo el final de un trámite, no el final de tus obligaciones. Lo que corresponda a tu instalación concreta, por potencia y por tipo de equipo, sale del RITE y te lo tiene que explicar quien la mantenga.

Tres preguntas antes de aceptar un presupuesto

No hace falta entender el reglamento para protegerse. Basta con preguntar:

  1. ¿Quién firma el certificado de la instalación y con qué número de instalador autorizado?
  2. ¿Con qué EICI vais a tramitar el registro y quién presenta la documentación?
  3. ¿La tasa y el registro están incluidos en el presupuesto o van aparte?

Si las tres respuestas llegan sin rodeos, la legalización va a ir bien. Si alguna se contesta con un «eso se ve al final», ya sabes por dónde va a venir el problema.

En Aerotermia Proyectos e Instalaciones hacemos la instalación y la legalización como una sola cosa, porque separarlas es exactamente lo que deja a la gente con una máquina funcionando y un expediente a medias. Si quieres saber si la aerotermia encaja en tu vivienda, revisamos emisores, espacio exterior y necesidades de la casa antes de plantear el equipo.

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